Notaría y redacción de escrituras en Puerto Rico
Los notarios redactan escrituras de acuerdo con la voluntad de los otorgantes y adaptándola a las formalidades jurídicas necesarias para su eficacia. La escritura es el documento matriz que el Notario ha de redactar sobre el contrato o acto sometido para su autorización, firmada por los otorgantes y por los testigos en caso de ser necesarios, firmada, signada, sellada y rubricada por el mismo Notario.
En Grupo Notarial trabajamos con todo tipo de escrituras con conocimiento y experiencia y le asistimos con todos los trámites antes, durante y después de su otorgamiento hasta lograr y completar la transacción.
Compraventa
Mediante la escritura de compraventa se formaliza la transferencia de titularidad de una propiedad o bien inmueble, como una casa, apartamento o un terreno. Se transfiere la titularidad del vendedor al comprador.
En Grupo Notarial, trabajamos escrituras de Compraventa y realizamos todos los trámites antes, durante y después del otorgamiento con conocimiento y experiencia para lograr y completar la transacción y transferencia de la titularidad de la propiedad de manera legal y correcta evitando así posibles situaciones y/o problemas futuros.
Cancelación de Pagaré e Hipoteca
Al saldar su préstamo hipotecario recibirá el pagaré que firmó al originar el préstamo. El gravamen hipotecario que aparece en el Registro de la Propiedad no se eliminará automáticamente. Para cancelar el gravamen usted debe comunicarse con un notario para que prepare una escritura de cancelación de pagaré e hipoteca y luego se presente en el Registro de la Propiedad correspondiente. Para efectuar la cancelación se requiere tener y entregar al notario el pagaré hipotecario original. Mientras no se haga esta escritura y se presente al Registro, el gravamen hipotecario que aparece en el Registro de la Propiedad dicha hipoteca seguirá apareciendo sobre su propiedad. Si usted extravía el pagaré original, tendría que cancelar el gravamen mediante un proceso de cancelación de pagaré extraviado por la vía judicial, lo que será más costoso y tardará más tiempo.
En Grupo Notarial, trabajamos escrituras de Cancelación de Pagaré e Hipoteca para asegurar que su propiedad esté libre de gravámenes.
Derecho a Hogar Seguro
Es un Acta a los efectos de solicitar que se anote y establezca en los libros del Registro de la Propiedad de Puerto Rico y sobre su Propiedad el derecho a hogar seguro de conformidad con las disposiciones de la Ley Número 195 del 13 de septiembre de 2011, Titulada Ley del Derecho a la Protección del Hogar Principal y el Hogar Familiar, según enmendada. Mediante esta ley se concede a todo individuo o jefe de familia, domiciliado en Puerto Rico, el derecho a poseer y disfrutar, en concepto de hogar seguro, una finca consistente en un predio de terreno y la estructura enclavada en el mismo, o una residencia bajo el Régimen de la Ley de Condominios de Puerto Rico que le pertenezca o posea legalmente, y estuviere ocupada por éste o por su familia exclusivamente como su residencia principal.
Es una protección legal que protege la propiedad de embargo, sentencia o ejecución ejercitada para el pago de todas las deudas, excepto el de ciertas deudas reconocidas como excepciones. A través de una escritura otorgada por el propietario ante el notario, se garantiza este derecho sobre la residencia principal del otorgante.
En Grupo Notarial, trabajamos su escritura de Hogar Seguro para que su propiedad esté protegida conforme a la ley.
Poder General, Especial o Duradero
En Puerto Rico el Poder se hace mediante una escritura en la cual una persona “el poderdante” autoriza a otra a persona “el apoderado” a actuar en su nombre y en su representación conforme a las facultades que se le concedan en la escritura y dentro de los límites establecidos en ley. Hay diferentes tipos de poder.
- Poder Especial: es uno mediante el cual la persona que otorga el poder autoriza a otra persona para que lo represente en un asunto o situación en particular.
- Poder General: es uno mediante el cual la persona que otorga el poder autoriza a otra persona para que lo represente en varios o diferentes asuntos.
- Poder Duradero: es uno mediante el cual la persona que otorga el poder autoriza a otra persona para que lo represente en uno o varios asuntos aún cuando al poderdante posteriormente le sobrevenga una incapacidad o sea declarado incapaz judicialmente. En este documento el poderdante expresa cuáles son sus voluntades y/o preferencias a ser ejecutadas en caso de estar incapacitado mental o físicamente. Este poder incluye una cláusula que indica su durabilidad.
- Power of Attorney: es uno mediante el cual una persona que se encuentra fuera de Puerto Rico en cualquier parte del mundo, interesa otorgar el poder para autorizar a otra persona para que lo represente en uno o varios asuntos en Puerto Rico. El poder se prepara y se le envía a la persona que está fuera de Puerto Rico con todas las instrucciones para que lo firme ante notario y lo devuelva a Puerto Rico. Una vez recibido acá en Puerto Rico el poder deberá ser protocolizado para que tenga eficacia de instrumento público en la jurisdicción de Puerto Rico y pueda ser utilizado válidamente.
En Grupo Notarial le asistimos a redactar, otorgar y registrar su Poder conforme a sus especificaciones y necesidades. Además, nos encargamos de cualquier trámite necesario para otorgar el poder en cualquier parte del mundo.
- Venta Judicial / Subasta Pública
- Liquidación de Bienes Gananciales
- Partición, Adjudicación y Liquidación de Herencia
- Cesión
- Donación
- Acta Notarial
- Acta de Edificación
- Emancipación
- Capitulaciones Matrimoniales
- Divorcio Consentimiento Mutuo
- Testamento
- Rectificación de Cabida
- Segregación y/o Agrupación
- Derecho de Superficie
- Régimen de Propiedad Horizontal
- Hipoteca en Garantía de Pagaré
- otras…
